La licencia para la conducción de animales potencialmente peligrosos ¿solo la solicita el propietario del animal o cualquier tenedor?

La tenencia de animales potencialmente peligrosos requiere que la persona titular, poseedora o tenedora del animal obtenga la licencia municipal que le permite conducirlo por los espacios públicos.

 

Ha fallecido mi perro, ¿debo darlo de baja en el censo municipal?

Sí, en caso de fallecimiento el titular del animal debe comunicarlo a través del Registro Municipal para que cause baja en el censo municipal canino.

 

¿Qué obligaciones tienen las personas tenedoras de animales y en particular, de perros?

Con carácter general, toda persona titular, poseedora o tenedora de un animal debe facilitarle todos los cuidados que resulten necesarios y atender a las necesidades del animal para su normal desarrollo y bienestar.

En el caso de la tenencia de perros:

- Identificarlos mediante la implantación de un microchip realizada por profesional veterinario autorizado para su ejercicio.
El Ayuntamiento, a través del SIACAM (Sistema de Identificación de animales de compañía de Castilla-La Mancha) obtendrá los datos del animal (tanto para los perros no peligrosos como para los peligrosos) y propietario para su inclusión en el Censo Municipal de Animales. El propietario/a tiene obligación de comunicar al Ayuntamiento la baja del animal en caso de muerte, pérdida o robo.

- Vacunarlos conforme a la normativa que resulte de aplicación, y dispensarles  las atenciones sanitarias necesarias, todo ello mediante profesional veterinario autorizado.
- No podrán circular sueltos en los espacios públicos, salvo las excepciones legalmente establecidas (artículo 12 a. y b. de la Ordenanza reguladora de los espacios públicos de Albacete para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo)
- No introducirlos en zonas ajardinadas ni en zonas de recreo infantil (artículo 12 c. y d.)

En el caso de los perros potencialmente peligrosos, hay que obtener una licencia municipal, regulada en el artículo 3 de la Ley 50/1999, de Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. La solicitud de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se podrá obtener en el apartado de trámites más frecuentes.

¿Cómo puedo comunicar incidencias y peticiones sobre averías, desperfectos, avisos de poda y limpieza en zonas verdes municipales y arbolado viario?

El Ayuntamiento de Albacete dispone de una plataforma de Sugerencias y Quejas donde poder comunicar este tipo de incidencias, en la dirección https://sugerenciasyquejas.ayto-albacete.es/

Asimismo, en el teléfono 967 59 61 76 de la Oficina de Información Ambiental del Ayuntamiento de Albacete, o también remitiendo correo electrónico a dicha Oficina en la dirección infambiental@ayto-albacete.es

Y la empresa responsable del mantenimiento de zonas verdes y espacios naturales de Albacete y Pedanías también dispone del teléfono 967 52 24 26 para la recepción de avisos, así como de la dirección de correo electrónico info@zonasverdesalbacete.es

¿Hay que pedir permiso para talar árboles de propiedad privada?

La tala de árboles privados requiere licencia municipal, por lo que se ha de remitir al Ayuntamiento de Albacete una solicitud donde se justifiquen suficientemente los daños que los árboles producen y que motivan la solicitud de retirada. Los técnicos municipales, tras comprobar la petición y evaluar los riesgos y daños, emitirán un informe proponiendo la autorización o desestimación de la solicitud, siendo notificada al interesado la resolución adoptada.

¿Qué puedo hacer con los restos de poda y jardinería?

El Ayuntamiento de Albacete pone a disposición de los ciudadanos el Ecoparque La Dehesa (junto a la Estación Depuradora de Aguas Residuales de la ciudad y el Cementerio Municipal), donde pueden ser entregados y depositados hasta 150 kg de residuos de poda y jardinería. Para cantidades mayores, deberá contratar un gestor autorizado de residuos.

¿Cómo puedo celebrar un acto público en una zona verde municipal?

Las zonas verdes municipales tienen la calificación de bienes de dominio y uso público, requiriendo de autorización municipal para la celebración de actos públicos.

Los organizadores de tales actos deben remitir con suficiente antelación una solicitud al Ayuntamiento de Albacete, indicando las características, días y horarios de la actividad solicitada, y deberán velar porque en la zona verde solicitada no se ensucien y no se deterioren sus elementos, quedando obligados, en su caso, a la correspondiente reparación, reposición y/o limpieza, así como deberán observar las normas relativas al uso de zonas verdes que se establecen en el artículo 486 de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, adoptando las medidas necesarias para que no se impida el tránsito normal de los usuarios de la zona verde.

 

¿Qué vehículos pueden circular por las zonas verdes?

Las bicicletas pueden circular por las zonas verdes y en las áreas especialmente señalizadas al efecto, siempre que no causen molestias a los demás usuarios. No está permitida la circulación de automóviles, ciclomotores y motocicletas por el interior de las zonas verdes, salvo en los casos de autorización expresa del Ayuntamiento.

¿Los contenedores en acera de color gris de “basura” convencional o fracción resto, ¿se pueden usar a cualquier hora?

  • No, existe un horario establecido con carácter general entre las 21 y las 23 horas, que debe ser respetado por todos los ciudadanos. Depositar residuos en los contenedores de color gris fuera de este horario puede ser motivo de sanción económica. Debemos tener en cuenta que depositar residuos con materia orgánica después de que pase el camión recolector, o por la mañana, puede generar malos olores, insectos, etc. y las consiguientes molestias a los vecinos y actividades (bares, comercios, etc.) que tienen cerca estos contenedores.
  • En el caso de disponer en el barrio de contenedores marrones con cierre estanco para la recogida selectiva de residuos orgánicos el acceso al contenedor es mediante tarjeta personal en horario entre las 20 y las 3 horas.

Soy titular/trabajador de un establecimiento que genera mucho papel y/o cartón… ¿Puedo usar los contenedores “azules” para la recogida selectiva de estos materiales?

 

No. Esos contenedores están destinados fundamentalmente al papel-cartón generado en el ámbito doméstico. Los establecimientos de cualquier tipo que generen cantidades significativamente mayores deben usar el servicio de recogida selectiva “puerta a puerta” ALBACETE RECICLA, mediante el cual el papel/cartón es recogido en el mismo centro productor, de forma más cómoda y evitando así el rebose de los contenedores “azules”. Infórmate de las características y normas de este servicio en el teléfono gratuito 800 400 303 y en la web www.albaceterecicla.com

¿Qué debo hacer si voy a depositar mis cajas de cartón doméstico o bolsas de envases al contenedor respectivo (“azul” o “amarillo”), y lo encuentro lleno por completo?

En muchas ocasiones, aunque parezca lo contrario, aún queda capacidad disponible. Pliega bien tus cajas de cartón e introdúcelas siempre que puedas en el contenedor “azul”. Compacta tus envases y empuja tu bolsa en la boca de carga del contenedor “amarillo”. Recuerda siempre que estos contenedores tienen dos bocas de carga, y en una de ellas puede resultar más fácil introducir tus materiales. Si aun así no puedes dejarlos en su interior, busca otro contenedor cercano del mismo tipo que pueda disponer de capacidad.

Cada día hay más materiales de envasado y tengo dudas de qué debo depositar en el contenedor “amarillo” y qué no… ¿Cómo puedo informarme?

Existen muchas páginas de información al respecto. Consulta los materiales que con carácter general pueden depositarse en esta propia página (apartado “Residuos urbanos”), o también en https://www.ecoembes.com/es/reduce-reutiliza-y-recicla/que-tirar-en-cada-contenedor

En algunos barrios de Albacete hay instalado un contenedor de color “marrón” para el depósito de materia orgánica. ¿Este contenedor se va a instalar en más barrios? ¿Qué diferencia tiene con el contenedor “gris” para depositar las basuras domésticas?

El contenedor “marrón” se va a ir implantando progresivamente en la ciudad, ya que además de necesario para reciclar adecuadamente la materia orgánica de nuestros residuos domésticos, es obligatorio por la normativa vigente en la actualidad. Una vez implantado en tu barrio, su uso es obligatorio, mediante una tarjeta que se entrega para cada vivienda y abre el contenedor en el horario establecido. Consulta los residuos orgánicos que deben depositarse en el apartado correspondiente de la Web (“Residuos urbanos”). El resto de residuos, excepto aquellos que deban destinarse a otros contenedores (papel-cartón, envases, vidrio, ropa y calzado, aceites vegetales, pilas…), son los que deben depositarse en el contenedor “gris”. Si realizas una correcta separación de todos estos residuos en casa, verás que los residuos para el contenedor “gris” son muy escasos.

Si tengo que tirar un mueble, electrodoméstico u otro objeto grande, ¿puedo dejarlo junto a un contenedor para que se lo lleve el camión “de la basura”?

No. Estos objetos no pueden ser retirados por los camiones que recogen los contenedores, y deben ser objeto de recogida específica y tratamiento adecuado. Existen servicios para la recogida de muebles y enseres (teléfono para avisos 900 104 480), y de aparatos eléctricos y electrónicos (teléfono para avisos 967 254 411), que retiran estos objetos de forma gratuita con arreglo a las condiciones establecidas.

Tengo una parcela con vivienda fuera de la ciudad, o un jardín en mi domicilio, ¿Qué debo hacer con los restos vegetales generados en las operaciones de mantenimiento de mi jardín? ¿Puedo usar los contenedores de “basura” convencional para estos residuos?

En los contenedores para residuos orgánicos (“marrón” si se encuentra ya implantado en tu barrio, o “gris” /”verde” si aún no lo está o resides en una parcela fuera de la ciudad) puedes depositar pequeñas cantidades (hasta un volumen de unos 100 litros) de restos vegetales herbáceos, tales como césped, hojas, plantas, flores, etc., siempre en bolsas convenientemente cerradas. Las ramas de poda y otros restos vegetales leñosos no debes depositarlas en los contenedores o junto a los mismos; puedes llevarlas al Ecoparque hasta un límite de 150 kg. por entrega, o bien, si tienes que desprenderte de una cantidad mayor, deberás contratar los servicios de una empresa autorizada para la recogida de estos restos vegetales.

Yo recojo siempre los excrementos de mi perro cuando hace sus necesidades. Pero… ¿es cierto que también es obligatorio limpiar los orines que pueda realizar en la calle?

Sí, es obligatorio conforme se establece en la Ordenanza municipal de Convivencia ciudadana. El problema de los orines de los perros es muy serio en muchas ciudades, y Albacete no es una excepción. El deterioro que producen en fachadas, locales comerciales, mobiliario urbano y cualquier elemento en que se depositen es muy alto, además de ocasionar manchas, malos olores y un alto impacto visual a la estética de nuestro entorno. Recuerda que está PROHIBIDO que los perros orinen sobre fachadas y mobiliario urbano (farolas, señales, bolardos, etc.). Como dueño responsable, debes evitar que tu mascota orine en estos elementos, y en caso de que las micciones se depositen en zonas pavimentadas, debes verter agua acidificada (por ej., diluida con vinagre) para limpiar y desinfectar la zona afectada.

Como titular de un solar o terreno en el término municipal de Albacete. ¿Qué obligaciones medioambientales me corresponden?

Estoy obligado a su limpieza periódica, gestionando los residuos que pudieran encontrarse en los mismos, manteniéndolos libres de hierba o vegetación de crecimiento espontáneo que pudiera suponer un riesgo para la seguridad y salubridad ciudadana, así como, caso de ser necesario, a su desratización por empresa autorizada.

¿Qué ocurre cuando el titular de un solar o terreno incumple la obligación de limpieza y mantenimiento, generándose una situación de insalubridad o de inseguridad ciudadana?

En dicho supuesto, el Ayuntamiento mediante ejecución subsidiaria, atendiendo a las circunstancias y estado del terreno, podrá realizar directamente las operaciones de desbroce y limpieza que fueren precisas. Una vez finalizado los trabajos y aprobado el importe de los mismos por el órgano municipal se requerirá su reintegro al titular o titulares del solar o terreno.