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La limpieza viaria comprende todas las actuaciones operaciones encaminadas a mantener las vías y espacios públicos de la ciudad en un estado adecuado de limpieza e higiene, siendo una competencia propia y característica de los Ayuntamientos.
En la limpieza viaria, no obstante, juega un papel esencial la prevención del ensuciamiento de las calles, plazas, zonas verdes y demás espacios públicos, por lo que toda la ciudadanía debe colaborar para disfrutar de una ciudad limpia.
Así, la Ordenanza reguladora de los Espacios Públicos de Albacete para fomentar y garantizar la Convivencia Ciudadana y el Civismo (BOP Nº 49 de 29-04-2015) contempla en su art. 13.1 que: “No está permitido cualquier comportamiento que genere suciedad o ensucie cualquier espacio público, así como los elementos y mobiliario de los mismos”. Además de esta obligación general, el mismo artículo contempla otros apartados con prohibiciones específicas, tales como:
“No se permite ensuciar los espacios públicos (…) arrojando o depositando residuos, desperdicios o cualquier otro elemento (…)” (art. 13.3)
“No se permite toda conducta que ensucie el espacio público como arrojar cualquier tipo de objeto, en especial colillas, cáscaras de pipas u otros frutos secos, goma de mascar, papeles, envoltorios y objetos similares” (art. 13.4)
“No está permitido en cualquier espacio público hacer necesidades fisiológicas como defecar, orinar o escupir (…)” (art. 13.6)
“No está permitido que las mascotas y animales de compañía, en particular perros, realicen sus necesidades en los espacios públicos fuera de los recintos habilitados para ello y, en el caso de que no pueda evitarse la deposición, el propietario, poseedor o tenedor del animal procederá a retirar los excrementos, incluso en los recintos de perros. Se prohíbe expresamente que orinen en las fachadas de los edificios, en los recintos de juegos infantiles y en el resto del mobiliario urbano y en caso de orinar en zonas públicas pavimentadas el tenedor debe verter sobre la micción agua acidificada para limpiar y desinfectar la zona y evitar los malos olores” (art. 13.7)
Las conductas contrarias a estas y otras normas establecidas en la referida Ordenanza, que asimismo persiguen el mantenimiento de los espacios públicos en las debidas condiciones de limpieza y salubridad, constituyen infracción y pueden dar lugar a la incoación de los oportunos expedientes sancionadores, con multas de hasta 1.500€.
Recuerda: el mantenimiento de la limpieza de nuestras calles nos corresponde a todos. Colabora usando las papeleras, recogiendo los excrementos de tu mascota, respetando las normas y horarios de depósito de los residuos en los contenedores, denunciando comportamientos incívicos, etc. Son muchas las cosas que puedes hacer para lograr un Albacete más limpio y saludable para todos.